miércoles, 10 de junio de 2015

Personas sordas podrán ser testigos en los testamentos

El Código Civil permitirá a personas sordas, ciegas y mudas oficiar de testigos en los testamentos
Las personas con problemas auditivos graves podrán ser testigos en los testamentos
10/06/2015
El Código Civil cambiará una restricción que afectaba a las personas con graves problemas auditivos, ciegas y mudas, a las que impedía oficiar como testigos en los testamentos. Una propuesta del Partido Popular (PP) revertirá esta situación atendiendo a la denuncia del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que había denunciado "esta flagrante exclusión contra las personas con discapacidad". La nueva propuesta plantea cambiar la redacción actual del artículo 681 del Código Civil, donde actualmente se alude a la capacidad de las personas para ser testigo de testamentos. Así, este artículo en vigor excluye la posibilidad de hacer esta función a “los ciegos y los totalmente sordos o mudos”, así como “los que no estén en su sano juicio”. Frente a esta redacción y exclusión, el partido del Gobierno propone que el futuro artículo del Código Civil sólo excluya como posibles testigos de testamentos a los menores de edad; a “los que no entiendan el idioma del testador”; a “los que no presenten el discernimiento necesario para desarrollar la labor testifical”; y al “cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del notario autorizante y quienes tengan con éste relación de trabajo”. La enmienda se justifica aludiendo a que la exclusión con discapacidad para ser testigos en testamentos “es contraria a los artículos 2 (ajustes razonables), 5 (igualdad y no discriminación) y 12.3 (apoyo en ejercicio de la capacidad jurídica) de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad (B.O.E. de 21/4/2008).

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